Acto de Jones-Shafroth

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Para la ley de transporte de Estados Unidos, ver Merchant Marine Act de 1920. Para la ley de gobierno de las Filipinas, vea Ley Jones (Filipinas).
Para otras aplicaciones, vea Ley Jones.

El Acto de Jones-Shafroth (Pub.L. 64 – 368, 39Stat. 951promulgada el 02 de marzo de 1917), también conocido como el Ley Jones Puerto Rico, Ley Jones Puerto Rico, o como la Ley puertorriqueña de relaciones federales de 1917— fue un Ley de la Congreso de Estados Unidos, firmado por el Presidente Woodrow Wilson en 02 de marzo de 1917.[a] La ley sustituida la Acto de Foraker y concedida Ciudadanía estadounidense a nadie nacido en Puerto Rico en o después del 25 de abril de 1898. También creó el Senado de Puerto Rico, estableció una Carta de derechosy la elección de un Comisionado Residente (previamente nombrado por el Presidente) para un mandato de cuatro años. La ley también exenta Bonos de Puerto Rico de impuestos federales, estatales y locales sin importar donde reside el titular del bono.[b]

Contenido

  • 1 Impulso
  • 2 Características principales
    • 2.1 Ciudadanía
    • 2.2 Poder legislativo
    • 2.3 Poder ejecutivo
    • 2.4 Exención de impuesto triple
  • 3 Efectos
    • 3.1 Servicio militar obligatorio
  • 4 Legislación posterior
  • 5 Notas
  • 6 Referencias
  • 7 Lectura adicional
  • 8 Acoplamientos externos

Impulso

El impulso de esta legislación proviene de un complejo de intereses locales y continente. Carecía de Puerto Ricans ciudadanía reconocido internacionalmente; pero el Ayuntamiento era de «ciudadanía imponente.» Luis Muñoz Rivera,[1] el Comisionado Residente en Washington, argumentado a su favor, dando varios discursos en la cámara de representantes.[2] En 05 de mayo de 1916 él exigió:

"Nos da ahora el campo de la experiencia que te pidamos... Es fácil para nosotros establecer un gobierno republicano estable con todas las garantías posibles para todos los intereses posibles. Y luego, cuando usted... nos dan nuestra independencia... usted estará delante de la humanidad como un gran creador de nuevas nacionalidades y un Libertador de pueblos oprimidos. "

Rep. Jones William Atkinson, (D-Virginia), Presidente de la Comité de asuntos insulares de la casay Sen. John Shafroth, (D-Colorado), Presidente de la Comisión de las islas del Pacífico y Puerto Rico, patrocinado por la legislación que lleva su nombre.[3][4]

Características principales

Este acto hizo que todos ciudadanos de Puerto Rico Ciudadanos de los Estados Unidos[5] y reformó el sistema de Gobierno de Puerto Rico. En algunos aspectos, la estructura gubernamental fue paralelo a la de un estado de los Estados Unidos. Poderes estaban separados entre Ejecutivo, judicial, y legislativo. La ley también reconoce ciertos derechos civiles a través de un Carta de derechos ser observado por el gobierno de Puerto Rico aunque ( juicio por jurado no estaba entre ellos).

Ciudadanía

Residentes de la isla se concedió la ciudadanía y permiten rechazar voluntariamente dentro de seis meses de la ley se establece. De los casi 1,2 millones de residentes en la isla sólo 288 lo rechazó.[6]

Poder legislativo

La ley creó un sistema legislativo compuesto por dos casas: una Senado compuesto por 19 miembros y una Cámara de representantes con 39 miembros. Bajo el gobierno colonial español, Puerto Rico tenía una legislatura unicameral, la Casa de delegados de Puerto Rico.

La legislatura fue elegido por sufragio del MANHOOD (limitado a la hora de los hombres blancos) por un período de cuatro años. Actos de la legislatura podrían ser vetados por el gobernador, pero su veto podría ser reemplazado por un voto de dos terceras partes, en cuyo caso el Presidente de los Estados Unidos tomar la decisión final.

Materia de franquicias y concesiones se ha conferido a una Comisión de servicio público, consistiendo en los jefes de los Departamentos ejecutivos, el auditor y dos Comisarios elegidos. A Comisionado Residente a los Estados Unidos fue elegido por voto popular para un mandato de cuatro años; deberes del Comisionado Residente incluidos representando a Puerto Rico en el Cámara de representantes de Estados Unidos, con voz pero sin voto, así como ante los Departamentos ejecutivos en Washington.

Poder ejecutivo

Según la ley, se constituyeron seis departamentos ejecutivos: Justicia, finanzas, Interior, educación, agricultura, trabajo y salud. El gobernador, el fiscal general y el Comisionado de educación fueron designados por el Presidente con la aprobación del Senado de Estados Unidos; los jefes de los departamentos restantes fueron nombrados por el gobernador de Puerto Rico, sujeto a la aprobación del Senado de Puerto Rico.

El Gobernador de Puerto Rico fue nombrado por el Presidente de los Estados Unidos, no elegido. Todos los funcionarios de gabinete tuvieron que ser aprobado por el Senado de Estados Unidosy la Congreso de Estados Unidos tenía el poder de vetar cualquier ley aprobada por el Legislatura de Puerto Rico. Washington mantuvo control sobre asuntos fiscales y económicos y ejerce autoridad sobre los servicios de correo, inmigración, defensa y otros asuntos gubernamentales básicos. Puerto Rico no tuvo votos electorales en la elección del Presidente de Estados Unidos, porque la Constitución de los Estados Unidos de América permite a los Estados sólo plenos tener votos electorales.

Exención de impuesto triple

Artículo 3 de la ley también exento Bonos de Puerto Rico de impuestos federales, estatales y locales sin importar donde reside el titular del bono.[b] Ha hecho muy atractivo para bonos de Puerto Rico inversores municipales como puede redundará de poseer un bono emitido por un estado o un municipio diferente al que residen. Esto es porque los bonos municipales que gozan de exención de impuesto triple normalmente conceden dicha exención únicamente para los tenedores de bonos que residen en el estado que les emite.[citación necesitada]

Efectos

Servicio militar obligatorio

Vea también: Puertorriqueños en la I Guerra Mundial

Antes del acto de Jones-Shafroth, insular Puerto Ricans no eran ciudadanos de los Estados Unidos. Con posterioridad a la ley, inmediatamente se convirtieron en ciudadanos estadounidenses. La ley también amplió casi todas las leyes estadounidenses para tener la misma fuerza y efecto en Puerto Rico como en Estados Unidos (las leyes única exceptuadas fueron las relativas a los ingresos internos) incluyendo la Ley de defensa nacional de 1916 que estableció la composición de los militares estadounidenses. Dos meses después el Congreso aprobó la Ley Jones-Shafroth, ese mismo Congreso aprobó la Acto del servicio selectivo de 1917 que base de conscripción "sobre la responsabilidad al servicio militar de todos los ciudadanos masculinos." A través de su paso, la Ley Jones-Shafroth — mediante una combinación de la ciudadanía y la ampliación de las leyes de los Estados Unidos a Puerto Rico, incluyendo la mencionada Ley de defensa nacional, impuso el servicio militar obligatorio en los E.E.U.U. militares en Puerto Ricans, precisamente en el momento que entró en los Estados Unidos I Guerra Mundial. Como resultado, más de 20.000 Puerto Ricans sirvió en las fuerzas armadas estadounidenses durante la primera guerra mundial.

Legislación posterior

Porciones de la Ley Jones fueron reemplazadas en 1948, después de que el gobernador era elegido popularmente. En 1948, el Congreso de Estados Unidos impuestas por Puerto Rico a elaborar su propia Constitución que, cuando en 1952 y ratificado por el electorado proporciona una mayor autonomía como una Commonwealth.

Notas

  1. ^ Pub.L. 81 – 600 — salvo lo dispuesto en el artículo 5 de esta ley, el acto titulado "Una ley para proveer un gobierno civil para Puerto Rico y para otros fines", aprobado 02 de marzo de 1917, según enmendada, por la presente continúa en vigor y efecto y de ahora en adelante podrá ser citada como la "Puerto Rican Ley Federal de las relaciones".
  2. ^ a b Pub.L. 64 – 145 §3 «[...] todos los bonos emitidos por el gobierno de Puerto Rico, o por su autoridad, estarán exentos de impuestos por el gobierno de los Estados Unidos, o por el gobierno de Puerto Rico o cualquier subdivisión política o municipal, o por cualquier Estado o por cualquier condado, municipio u otra subdivisión municipal de cualquier Estado o territorio de los Estados Unidos o por el distrito de Columbia. "

Referencias

  1. ^ Luis Muñoz Rivera
  2. ^ Munoz Rivera, Luis (17 de noviembre de 1859-15 de julio de 1916)
  3. ^ Vidrio, Andrew (02 de marzo de 2008). "Puerto Ricans concedido ciudadanía 02 de marzo de 1917". Politico. 
  4. ^ Hagerman, Frank (julio de 2004). "John Franklin Shafroth". El abogado de Colorado. 33 (7): 15. 2013-06-16. 
  5. ^ [La compra de Luisiana y la expansión americana: 1803-1898. Por Sanford Levinson y Bartholomew H. Sparrow. Nueva York: Rowman y Littlefield editores. 2005. página 166, 178.] "Ciudadanía estadounidense se amplió a los residentes de Puerto Rico en virtud de la Ley Jones, Cap. 190, 39 campamento 951 (1971) (codificada en 48 U.S.C. § 731 (1987)")
  6. ^ Moscoso, Guillermo (2002-03-11). "Puerto Rico: mitos sobre la ciudadanía de Estados Unidos". El San Juan Star. p. 20. 

Lectura adicional

  • Cabranes, Jose. Ciudadanía y el imperio americano (1979) (historia legislativa del estatuto de la Revista de derecho de la Universidad de Pennsylvania).
  • Gatell, Frank Otto. "el arte de lo posible: Luis Muñoz Rivera y el proyecto de ley de Puerto Rico." Las Américas 1960 de 17.1: 1-20.
  • Morales Carrión, Arturo. Puerto Rico: Una historia política y Cultural (1984).
  • Picó, Fernando. Historia general de Puerto Rico. Río Piedras: Ediciones Huracán, (1986).

Acoplamientos externos

  • Ley Jones - la biblioteca del Congreso
  • Texto en Español
  • Texto completo de la Ley Jones

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