Conservador (religión)

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A Curador (a) (a partir de Latina Conservare) era un Juez delegadas por el Papa para defender a determinadas clases de personas — como universidades, Órdenes religiosas católicas, capítulos, los pobres — de lesión manifiesta o notorio o violencia, sin recurrir a un proceso judicial. Conservadores designaron a tan temprana como el siglo XIII.

Inocencio IV presupone su existencia en el Decreto (c. 15, libres de et pot jud., del. I, 14, en el VI º) de la cual aprendemos primero su poder. Debido a los abusos y las quejas, el Concilio de Trento (Sesión XIV, c. v., de ref.) limitada su jurisdicción, pero causaron nuevas controversias, a menudo recurrentes, Clemente VIII, Gregorio XV, y Inocencio X para definir más precisamente sus privilegios.

Problemas continúan se presentan, especialmente con respecto a los conservadores de las órdenes religiosas, Clemente XIII (23 1762 de abril) decretó que en los países de misión dichos funcionarios deben no ser elegidos, pero que todas las controversias deben ser referidas a la Ciudad del Vaticano. Desde ese momento en adelante conservadores cayeron en prácticas desuso.

Según la ley, estos funcionarios debían ser elegidos de entre los prelados o dignatarios de Catedral y Collegiate iglesias; después de la sinodal jueces. Cuando un conservador había sido elegido por asiduos No se pudo quitar durante cinco años sin causa. Él no tenía jurisdicción en los casos que requieren examen jurídico. Mientras que tomó conocimiento de todas las denuncias contra el ejército regular, él no tenía autoridad para recibir a los de los habituales contra otros a menos que eran notorios. En este último caso el conservador decidió la cuestión sumariamente. Castigar con penas eclesiásticas incluso altos dignatarios de la iglesia que interferían con sus deberes. Su poder era limitado, sin embargo, a la que Diócesis en que se había sido elegido, ni el mismo conservador podría tener energía en varias diócesis.

Referencias

  • Public DomainEste artículo incorpora el texto de una publicación ahora en el dominio público::Chisholm, Hugh, ed. (1911). Encyclopædia Britannica (11 Ed.). Cambridge University Press.
  • Este artículo incorpora el texto de una publicación ahora en el dominio público::Herbermann, Charles, ed. (1913). Enciclopedia católica. Robert Appleton Company.

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