Junta de ajuste de contrato
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En contratación estatal, un Junta de ajuste de contrato es un departamento a nivel de la Secretaría que se ocupa de las controversias y las solicitudes de auxilio extraordinario bajo derecho público 85-804[1] del 28 de agosto de 1958.[2]
En breve:[3]
Ley pública no. 85-804, codificada en 50 U.S.C. § 1431-35 (suplemento IV 1998), le otorga al Presidente la autoridad para autorizar a cualquier agencia que ejerce funciones en relación con la defensa nacional para entrar en los contratos o en las enmiendas o modificaciones de los contratos y para hacer pagos anticipados, independientemente de otras disposiciones legales aplicables, siempre que dicha acción facilitaría la defensa nacional. 50 U.S.C. § 1431. La historia legislativa del estatuto indica que también puede ser utilizado como base para hacer los pagos por indemnizaciones bajo ciertos contratos, los denominados "poderes residuales". REC materiales actuales en 1005, 1021. La historia legislativa, explica que "[t] él necesita de las cláusulas de indemnización en la mayoría de los casos se presenta desde el advenimiento de la energía nuclear y el uso de combustibles altamente volátiles en el programa de misiles. La magnitud de los riesgos en los contratos en estas áreas han prestado seguros comerciales de carácter o limitadas en la cobertura."
Por ejemplo:
- Los departamentos del ejército, armada y fuerza aérea tienen un tablero de ajuste del contrato.[4]
- La Junta de ajuste de la NASA contrato considera las solicitudes presentadas por contratistas de la NASA para el alivio del contractual equitativo.
- En el Departamento de transporte de Estados Unidos, una "Junta de Apelaciones de contrato"[5] es responsable de las audiencias y las decisiones sobre apelaciones de las decisiones de funcionarios departamentales contratantes; Cuando sienta como la Junta de ajuste de contrato actúa sobre las peticiones para alivio extraordinario contractual bajo derecho público 85-804.[6]
- El Reglamento de FEMA 1983 de "Procedimientos de ajuste Contractual extraordinaria",[7] establecido en virtud de Pub. L. 85-804 y orden ejecutiva 10789 y "para complementar esa parte del Reglamento de adquisiciones federales con acciones extraordinarias para facilitar la defensa nacional (41 CFR 1-17)", establece que:[8]
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Como casos se presentan bajo la ley, designará al Director de FEMA, según sea necesario, una tabla de ajuste de contrato FEMA que consta de un funcionario, no lo contrario involucrado con la acción bajo consideración, de cada una de las siguientes oficinas:
- (1) gestión de adquisición,
- (2) consejero general,
- (3) Contraloría.
- La Junta deberá prescribir sus propios procedimientos y tiene poder para hacer todos los actos y las cosas necesarias o apropiadas para la realización de sus funciones. Las decisiones de la junta será definitiva pero cada tablero puede reconsiderar, modificar, corregir o revertir ninguna de sus decisiones anteriores.
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Como casos se presentan bajo la ley, designará al Director de FEMA, según sea necesario, una tabla de ajuste de contrato FEMA que consta de un funcionario, no lo contrario involucrado con la acción bajo consideración, de cada una de las siguientes oficinas:
La mayoría Agencia tableros de Apelaciones contrato tienen un sitio Web, incluyendo el más prominente Junta, la Junta de Apelaciones contrato de servicios armados, www.law.gwu.edu/ ASBCA /, que escucha apelaciones presentadas por el Departamento de defensa, la NASA y otras agencias de acuerdo.
Contenido
- 1 Historia
- 2 Lectura adicional
- 3 Véase también
- 4 Referencias
- 5 Enlaces externos
Historia
Durante la I Guerra Mundial, se creó una "tabla de ajuste del contrato" para determinar "todas las reclamaciones, dudas y disputas que surjan bajo contratos departamentales";[9] puso en marcha las políticas de ajuste de los contratos, liquidación y cancelación.[10]
Según Evans Escariador Machine Company v. Estados Unidos. 386 F.2d 873, "desde los primeros días de la II guerra mundial," la principal defensa agencias han sido autorizadas para otorgar medidas discrecionales a contratistas de sufrir pérdidas por errores.[11] El fundamento para la concesión de alivio debe ser un hallazgo que dicha acción facilitaría la defensa nacional o la prosecución de la guerra.[12] Alivio del título II ha sido referido a vario como "trascendentales", "extraordinario" y "una trampa y una ilusión".[13]
Según EE Utah Constr. & Mining Co., en virtud de una delegación por el Presidente bajo derecho público 85 — 804,[14] los departamentos gubernamentales y agencias de ejercicio de las funciones en relación con la defensa nacional, en un hallazgo que dicha acción 'facilitaría la defensa nacional', entréis en enmiendas y modificaciones de los contratos independientemente de otras disposiciones de la ley respetando tales enmiendas y modificaciones. Implementados por el Comisión de energía atómicael Reglamento de adquisiciones,[15] la autoridad conferida abarca enmiendas sin consideración, corrección de errores mutuos y formalización de compromisos informales. Esta autoridad, que en muchos aspectos es análoga a la energía para resolver las demandas, se delega al contrato placas de ajuste establecido dentro de los departamentos y organismos interesados separan de la tablas de Apelaciones del contrato. Porque el Reglamento excluye el recurso a los poderes conferidos por el derecho público 85 — 804 ' (u) parece otra autoridad legal en el Departamento de interesados se considera carente o insuficiente,',[16] la Junta de ajuste de ejército contrato generalmente ha requerido contratistas agotar recursos antes de la ASBCA bajo la cláusula de disputas.[17] Por lo tanto es bastante evidente de la administración del derecho público 85 — 804 y sus predecesores que las limitaciones en la jurisdicción de las juntas de contrato apelaciones son bien entendidas por los departamentos de adquisiciones militares y Congreso.
Lectura adicional
- Smith, del Departamento de guerra Consejo de Apelaciones de contrato, Fed.B.J 5. 74, 82 (1943)
- "Consejos federales de Apelaciones del contrato, el". LR Caruso - Cal. S. L. Rev., 1959- [2]
- "Los conflictos y Apelaciones: Comité de servicios armados de contrato apelaciones". JP Shedd Jr - derecho y problemas contemporáneos, 1964 [3]
Véase también
- Contratación con el gobierno de Estados Unidos
- Precio-Anderson industrias nucleares ley de indemnización
Referencias
- ^ (72 campamento 972; 50 U.S.C. 1431)
- ^ Glosario: Términos y acrónimos de adquisición de defensa. C. B. Cochrane, E. P. Vollmer. Publicar de Diane. 1995. p. 175. ISBN978-0-7881-2139-5.
- ^ https://www.OGC.doc.gov/OGC/Contracts/CLD/Rd/Gao/2001/B-287121.pdf Estados Unidos General Accounting Office, Decisión
- ^ Defensa Federal adquisición Reglamento suplemento; Conformes cambios--normas de conducta y acciones contractuales extraordinarias (DFARS caso 2008-D004) Departamento de defensa documentos y publicaciones 12 de agosto de 2008
- ^ establecido en virtud de la ley de contrato de conflictos de 1978 (92 Stat.2383; 41 U.S.C. 601)
- ^ https://Books.google.com/books?id=nCFYdB2H05UC&pg=PA155&DQ=Contract+Adjustment+Board&lr=&as_brr=3&eI=wVpFSqGwOJWOyATDwoxc
- ^ 41 CFR parte 44-17
- ^ § 44-17.101 autoridad
- ^ (Departamento de guerra, General órdenes, núm. 103, 06 de noviembre de 1918)
- ^ [1]
- ^ Título II, sección 201, primera guerra impulsa ley de 55 campamento 838 (1941); Decreto ejecutivo Nº 9001, 6 F.R. 6787 (1941); Ley de 12 de enero de 1951, 64 campamento 1257; Aprox. 50 U.S.C. Sec. 611 (1952 Ed.); P.L. 85-804, 72 campamento 972, 50 U.S.C. Secs. 1431-1435 (1958).
- ^ Ver Kramer, alivio extraordinario para los contratistas de la guerra, 93 U. de Pa.L. Reverendo 357, 360 (1945); Corrección de errores en los contratos bajo derecho público 85-804, contratos monografía Nº 1, p. 4 (el Geo.Wash.Univ). (1961)
- ^ Ver Fain y Watt, contratación de guerra — un nuevo patrón en los contratos, 44 Col.L. El reverendo 127, 199 (1944) y McClelland, título II — un año más tarde: sueño de una noche de verano legislativa, Dick.L 62. Reverendo 327 (1958)
- ^ Derecho público 85 — 804, 72 campamento 972, 50 U.S.C. § 1431 (ed 1964).
- ^ ver ASPR, 32 CFR § 17.000 y SS.; AECPR, 41 CFR § 9 — 17.000 et seq.,
- ^ ASPR, 32 CFR § 17.205—1(b)(2)
- ^ Blaw-Knox Co., ACAB Dkt. Nº 1019, 02 de noviembre de 1960
Enlaces externos
- Centro Legal de EEUU ejército Judge Advocate General y contrato abogados Deskbook de la escuela