Pagos periódicos substancialmente iguales
Pagos periódicos substancialmente iguales (SEPP) son una de las excepciones previstas en el Estados Unidos IRS Código §72(t)(1) que permite recibir pagos sin la pena 10% de la distribución temprana de un plan de jubilación o diferida rentas vitalicias antes de la habitual 59 1⁄2 restricción de edad en determinadas circunstancias. Las normas para SEPPs se establecen en el código de IRS sección 72(t) (para planes de jubilación) y 72(q) (para rentas vitalicias) y permiten tres métodos para calcular la cantidad retirada permitido.
- Requiere método de distribución mínima, basado en la esperanza de vida del titular de la cuenta (o la vida conjunta del titular y su beneficiario) mediante las tablas del IRS para distribuciones mínimas necesarias.
- Método de amortización fija sobre la esperanza de vida del propietario.
- Método de anualidad fija usando un factor de anualidad de una tabla de mortalidad razonable.[1]
La tasa de interés que puede ser utilizada en los últimos dos cálculos se ha fijado en no más de 120% de la tasa Federal aplicable medio plazo (AFR) para cualquiera de los dos meses anteriores el cálculo.[1] Pagos de SEPP deben continuar por más de cinco años o hasta que llega de la titular de la cuenta 59 1⁄2.[1] Los pagos no se pueden cambiar más allá de una sola vez permite el cambio de uno de los métodos de dos cálculo últimos al primero o todos los pagos recibidos serán retroactivos gravables y penalizado.[2]
Si el titular de la cuenta de jubilación se retira más o menos de la cantidad calculada con la fórmula SEPP, se aplicaría la pena de la distribución temprana de 10% que fue renunciada en todos los casos (donde fue renunciado bajo el programa SEPP), y también se aplicarán intereses sobre esas sumas.
Referencias
- ^ a b c "Jubilación planes de preguntas frecuentes sobre pagos periódicos substancialmente iguales". Servicio de rentas internas. 16 de noviembre, 2015.
- ^ "ingresos sentencia 2002-62: sección 72.--anualidades; Ciertos fondos de dotación y contratos de seguro de vida" (PDF). Servicio de rentas internas. 21 de octubre de 2002.
Acoplamientos externos
- IRS publicación 590, arreglos individuales de retiro (IRA)
- IRS publicación 575, pensiones y rentas vitalicias renta
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