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Prado Navarette v. California

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Prado Navarette v. California
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Corte Suprema de los Estados Unidos
Sostuvo el 21 de enero de 2014
Decidió 22 de abril de 2014
Nombre del caso completo Lorenzo Prado Navarette y Jose Prado Navarette, solicitantes v. California
Nº de expediente. 12-9490
Citas 572 U.S. ___ (más)
134 S. CT. 1683; 188 L. Ed. 2d 680; ESTADOS UNIDOS DE 2014 LEXIS 2930; 82 U.S.L.W. 4282; 24 Florida semanal L. Fed. S 690; 2014 WL 1577513
Historia previa En el auto de Certiorari en el Tribunal de apelación de California, primer distrito de apelación, Pueblo v. Navarette, 2012 cal. aprox. no publicados. LEXIS 7415 (cal. CT. aprox., 12 de octubre de 2012), CERT negadas Pueblo v. Navarette (Lorenzo Prado), 2013 cal. LEXIS 141 (cal., 03 de enero de 2013)
Celebración de
Al actuar sobre la información proporcionada por una extremidad anónima, agentes de policía necesitan no personalmente verificar la existencia de actividad criminal continua.
Miembros de la corte
Opiniones de caso
Mayoría Thomas, que se unió por Roberts, Kennedy, Breyer, Alito
Disidencia Scalia, se unió a Ginsburg, Sotomayor, Kagan
Leyes aplicadas
Modificación de la Const. de Estados Unidos. IV

Prado Navarette v. California, ___ Estados Unidos 572 (2014), fue un caso en el cual el Corte Suprema de Estados Unidos clarifica cuando agentes de la policía puede hacer detenciones o conducta detenciones temporales basado en información proporcionada por Consejos de anónimos.[1] En 2008, la policía en California recibió una llamada al 911 que una camioneta conducía imprudentemente a lo largo de una carretera rural. Oficiales vistos un camión que empareja la descripción proporcionan en la llamada al 911 y había seguido del camión durante cinco minutos, pero no observó ningún comportamiento sospechoso. Sin embargo, funcionarios realizaron una parada de tráfico y descubrieron 30 libras (14 kg) de marihuana en el camión. En el juicio, los ocupantes del coche argumentaron que la parada del tráfico violó la Cuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos, porque la punta era no fiable, y oficiales no personalmente observó actividad criminal. Escribir para la mayoría de la corte, Justicia Clarence Thomas sostuvo que la llamada al 911 fue confiable, y que los oficiales necesitan no personalmente observar actividad criminal al actuar sobre la información proporcionada por una llamada anónima al 911.

Justicia Antonin Scalia escribió una "mordaz" opinión disidente, en que él discutió que la punta era poco fiable, y que la opinión de la mayoría amenazó la libertad y la libertad de todos los ciudadanos.[2] Además, muchos comentaristas han observado Navarette representa una salida del anterior precedente, y que el dictamen abrió la puerta para expansivas nuevos poderes de policía.[3] Algunos comentaristas también han señalado que el caso deja abiertas varias cuestiones importantes, incluyendo la pregunta sin respuesta de si informes anónimos de comportamiento extremadamente peligroso requieren menos indicios de confiabilidad antes de policía puede actuar sobre esos informes.[4] Otros eruditos han discutido que era muy poco probable que Lorenzo y Jose Prado Navarette fueron realmente manejar bajo la influencia de drogas o alcohol cuando fueron detenidos por la policía.[5]

Contenido

  • 1 Fondo
    • 1.1 Directrices de enmienda cuarta durante paradas de tráfico
    • 1.2 Cuarta enmienda búsquedas y asimientos basan en consejos de anónimos
    • 1.3 Arresto y juicio de Lorenzo y Jose Prado Navarette
  • 2 Opinión de la corte
    • 2.1 Opinión disidente de justicia Scalia
  • 3 Desarrollos posteriores
  • 4 Análisis y comentario
    • 4.1 Reacciones inmediatas
    • 4.2 Análisis
  • 5 Véase también
  • 6 Notas
  • 7 Referencias
  • 8 Acoplamientos externos

Fondo

Directrices de enmienda cuarta durante paradas de tráfico

Aunque las detenciones penales generalmente requieren causa probable que el sospechoso se ha involucrado en actividad criminal, un oficial podrá llevar a cabo una parada de tráfico si el oficial tiene un sospecha razonable, articulable que el controlador es incurrir en actividad criminal.[6] Oficiales no pueden depender de una mera "corazonada", pero el nivel de sospecha requerido para llevar a cabo una parada de tráfico es "considerablemente inferior a prueba de mala conducta por una preponderancia de la evidencia" y menos que sea necesario para la causa probable.[7] Sin embargo, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha aclarado que la suspicacia razonable necesaria para justificar una parada de tráfico depende "tanto el contenido de la información poseída por la policía y su grado de fiabilidad", aunque teniendo en cuenta "el totalidad de las circunstancias — toda la imagen. "[8]

Cuarta enmienda búsquedas y asimientos basan en consejos de anónimos

En Illinois v. Gates, la Corte Suprema estableció que los tribunales deben aplicarse una prueba de la "totalidad de las circunstancias" para determinar si un tip anónimo es lo suficientemente confiable para proporcionar causa probable para emitir una orden de arresto.[9][fn 1] Aunque los oficiales en Puertas hizo no personalmente testigo de cualquier actividad delictiva, el Tribunal Supremo sostuvo que la punta anónima en cuestión era confiable, ya que los oficiales pudieron comprobar varios eventos previstos por el Consejo anónimo.[11] Siete años después de Puertas, la Corte Suprema sostuvo en Alabama v. White que un tip anónimo era lo suficientemente confiable para proporcionar una sospecha razonable para justificar una detención temporal, porque la punta predijo con exactitud varios detalles claves.[12] Aunque la Corte admitió Blanco fue un "cerrar caso", la punta en cuestión"exhibe indicios suficientes de fiabilidad"para justificar una detención temporal.[13] La corte explicó eso si "un informante se muestra ser justo sobre algunas cosas, probablemente es acertado en cuanto a otros hechos que él ha alegado, incluyendo la demanda que el objeto de la punta se dedica a la actividad criminal".[14]

Sin embargo, en Florida v. J.L., la Corte Suprema dictaminó que agentes de la policía no tenía sospecha razonable para detener a un sospechoso basado en una punta anónima "que un joven negro parado en una parada de autobús particular y vistiendo una camisa a cuadros hombre llevaba un arma de fuego".[15] El tribunal sostuvo que el Consejo "carecía de los indicios moderados de confiabilidad en Blanco y esencial para la decisión del Tribunal en ese caso. La llamada anónima sobre J.L. no proporcionado ninguna información predictiva y por lo tanto dejado a la policía sin medios para poner a prueba el conocimiento o la credibilidad del informante."[16] El Tribunal se negó a crear una "excepción de arma de fuego" para consejos anónimos, pero la corte señaló en dicta que un Consejo que una amenaza de bomba no necesita tener indicios de confiabilidad lo que requieren de otros consejos anónimos.[17] El Tribunal Supremo de California más tarde se basaría sobre esta "excepción de bomba" en Pueblo v. pozos, cuando dictaminó que un tip anónimo que describe con precisión un vehículo "tejiendo en el camino" justifica una parada de tráfico.[18] El Tribunal de California sostuvo que "consideraciones de seguridad pública y el sentido común" permitan de oficiales para realizar paradas de tráfico basados en tips anónimos "para confirmar la sospecha razonable de oficial de conducir intoxicado antes de que puede ocurrir un accidente de tráfico grave."[19]

Arresto y juicio de Lorenzo y Jose Prado Navarette

Una porción de Ruta Estatal de California 1 cerca de Fort Bragg, California, donde Lorenzo y Jose Prado Navarette fueron detenidos en agosto de 2008.

En 23 de agosto de 2008, un California Highway Patrol dispatcher ("CHP") en Condado de Humboldt, California recibió una llamada al 911 de una llamada anónima.[20][fn 2] Según el distribuidor, la persona que llama informó de que una camioneta Ford F150 plata con el número de placa "8 94925" les funcionó junto a la autopista.[22] La persona que llamó dijo que el carro fue visto por última vez rumbo hacia el sur en Ruta Estatal de California 1.[23] Despachadores CHP transmiten el informe a los funcionarios en el área geográfica, y el vehículo fue descubierto pronto viajando hacia el sur en el marcador de la milla 66 cerca de Fort Bragg, California.[24] Agentes tiraron sobre el vehículo y descubrieron que Lorenzo Prado Navarette y Jose Prado Navarette eran los únicos ocupantes.[25] Después de estar parado al lado de la cabina de la camioneta, los agentes notaron "un olor muy distinto de la marihuana desde el vehículo".[26] Agentes entonces registró el vehículo y encontraron cuatro bolsas grandes conteniendo 30 libras (14 kg) de marihuana, una caja sin abrir de bolsas de horno, cortauñas y fertilizante en la cama del camión.[27]

En 26 de agosto de 2008, un delito grave denuncia en Mendocino Corte Superior del Condado, Lorenzo Prado Navarette y Jose Prado Navarette de carga con el transporte de la marihuana en violación de la sección 11360(a) del código de seguridad y salud de California y posesión de marihuana para la venta en violación de la sección 11359 del código de seguridad y salud de California.[28] El 26 de junio de 2009, Lorenzo Prado Navarette y Jose Prado Navarette presentaron una moción para suprimir evidencia, alegando que la parada del tráfico violó la Cuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos, porque los oficiales "carecían de razonable sospecha de actividad criminal".[29] Sin embargo, el magistrado que presidió la audiencia de supresión y el Tribunal superior, ambos rechaza la propuesta.[30] Lorenzo Prado Navarette Jose Prado Navarette posteriormente se declaró culpable de transportar marihuana y fueron condenado a 90 días en prisión y tres años de libertad condicional.[31]

Lorenzo Prado Navarette y Jose Prado Navarette presentaron una apelación en la Tribunal de apelación de California, pero el Tribunal confirmó la sentencia de la Corte Superior.[32] Depender de la excepción de "seguridad pública" en Pueblo v. pozos, la Corte sostuvo que "continuo peligro a otros automovilistas [justifica] la parada sin corroboración directa de la actividad ilegal del vehículo".[33] El Tribunal señaló que el vehículo viajaba un "indivisa dos carriles la carretera, por lo tanto aumenta el riesgo de una colisión con tráfico próximo, que plantea un riesgo particular para la vida humana y la integridad física."[34] Sin embargo, el Tribunal también sostuvo que la "punta anónima tuvo varios indicios de confiabilidad: el contenido de la punta fuertemente sugerido provenía de la víctima y el truco descrito con precisión la apariencia, ubicación y dirección del vehículo."[35] Lorenzo y Jose apelaron nuevamente a la Corte Suprema de California, pero el Tribunal se negó a revisar su caso.[36] Entonces apelaron a la Corte Suprema de los Estados Unidos, que concedió su petición de certiorari en 01 de octubre de 2013.[37][fn 3]

Opinión de la corte

Escribir para la mayoría de la corte, Justicia Clarence Thomas sostuvo que la llamada al 911 contiene suficientes indicios de confiabilidad para justificar la parada del tráfico.[40] Aunque reconoció que éste era un "caso cercano", justicia Thomas concluyó que indicios de confiabilidad de la persona que llama 911 eran más fuertes que los de Florida v. J.L., donde el tribunal sostuvo que una punta "bare-bones" era no fiable.[41] Justicia Thomas comenzó su opinión haciendo hincapié en que la Corte Suprema había "rechazado firmemente el argumento de que una causa razonable para una parada de investigación puede sólo ser basada en la observación personal del oficial, en lugar de en la información suministrada por otra persona."[42] Mediante la identificación de la marca, modelo y número de placa de la camioneta, justicia Thomas argumentó que "la persona que llama afirmó necesariamente conocimiento del testigo presencial de la presunta conducción temeraria", y esa base de conocimiento la fiabilidad de la punta.[43] Además, justicia Thomas llegó a la conclusión que "demanda del [a] conductor que otro vehículo le funcionó fuera de la carretera, sin embargo, implica necesariamente que el informante conoce que el otro coche fue conducido peligrosamente."[44] Justicia Thomas también señaló que las llamadas realizadas a través del sistema de emergencia 911 son particularmente confiables, ya que las llamadas son grabadas y personas pueden enfrentar persecución para hacer informes falsos.[45]

Justicia Thomas aclaró también que oficiales necesitan no "descarta la posibilidad de conducta inocente" antes de hacer una parada de tráfico basada en una extremidad anónima.[46] A la luz de los hechos descritos en la llamada al 911, justicia Thomas argumentó que la conducción temeraria se describe en el 911 llame "llevan demasiada una semejanza a manifestaciones paradigmáticas de conducir ebrio para ser despedido como un ejemplo aislado de imprudencia".[47] Llegó a la conclusión que oficiales por lo tanto actuaban razonablemente "en estas circunstancias en la detención de un conductor cuya conducta alegada era un indicador significativo de conducir borracho".[47][fn 4] Justicia Thomas señaló que muchos conductores se comportan con más cautela cuando seguido por agentes de la policía, y llegó a la conclusión que era necesario llevar a cabo la "observación de xtended [e]" en este caso, porque "lo que un conductor ebrio una segunda oportunidad de conducta peligroso podría tener consecuencias desastrosas".[48]

Opinión disidente de justicia Scalia

Justicia Antonin Scalia se llama opinión de la mayoría un "Cóctel de destrucción de libertad".

En su opinión disidente, justicia Antonin Scalia argumentó que la opinión de la mayoría era un "cóctel libertad destruyendo."[49] Aunque reconoció consejos anónimos a veces pueden ser confiables, él rechazó la conclusión de la mayoría que "anónimos 911 informes de infracciones de tránsito son confiables siempre y cuando identifican correctamente un coche y su ubicación."[49] Él escribió, "[t] no es mi concepto, y estoy seguro de que sería no los redactores, de un pueblo seguro de desrazonables búsquedas y asimientos."[50] Justicia Scalia sostuvo que consejos anónimos son inherentemente poco confiables, porque anónimos trucos pueden "mentir con impunidad".[51] Mientras que él admitió llamadas al 911 son, de hecho, fácilmente rastreable, justicia Scalia argumentó que no había evidencia que la llamada 911 sabía que podían ser identificados cuando colocan la llamada.[52] Además, justicia Scalia distinguen la punta en este caso de la punta en Blanco, donde "la fiabilidad de la punta fue establecida por el hecho de que predecir comportamiento del target en el detalle, un detalle que podría ser conocido solamente por alguien familiar con el negocio del objetivo."[53] Argumentó que la información general en la llamada al 911 de este caso era poco confiable, porque "todo el mundo que vio el coche tendría ese conocimiento, y quien quería el coche parado tendría que proporcionar esa información".[53] Asimismo, justicia Scalia argumentó que no había evidencia que el informe de que escurr el camino era realmente cierto.[54]

Justicia Scalia también criticó la conclusión de la mayoría que la punta de sospecha razonable de que Lorenzo y Jose Prado Navarette fueron conducir borracho, porque "el camión podría haber viró para evitar un animal, un bache o un jaywalking peatones... O, de hecho, podría haber intencionalmente obligó al truco de la carretera debido a animosidad personal, alguna hostilidad hacia su calcomanía 'Hacer el amor, no la guerra' ".[55] Además, la justicia Scalia argumentó que una instancia discreta de conducción irregular no dará lugar a la razonable sospecha de una amenaza continua de un conductor intoxicado en el camino.[56] Justicia Scalia también argumentó que reclamos anónimos de la punta de conducción temeraria en última instancia fueron desacreditados por el hecho de que oficiales había seguido de Lorenzo y José durante cinco minutos, pero no observaron nada sospechoso.[57] Él escribió, "tomarlo como una premisa fundamental de nuestras leyes de conducir intoxicado que un conductor suficiente para desviarse una vez sofocado puede esperarse que desviarse otra vez — y pronto. Si no lo hace, y si la única evidencia de su primer episodio de la conducción irregular es una mera inferencia de una punta oyendo, vaga y sin nombre, luego la cuarta enmienda exige que le dejen en paz. "[49] En sus observaciones finales, justicia Scalia escribió "[d] runken conducir es un asunto serio, pero así es la pérdida de nuestra libertad de ir y venir como nosotros por favor, sin interferencia de la policía... Después de la opinión de hoy todos nosotros en el camino y no sólo los traficantes de drogas, están en riesgo de tener nuestra libertad de movimiento restringida bajo sospecha de embriaguez, basada en una punta de teléfono verdadera o falsa, de una sola instancia de conducción descuidada".[58]

Desarrollos posteriores

Muchos cortes de circuito federales y tribunales supremos del estado interpretación Navarette han afirmado la regla que oficiales necesitan no personalmente corroborar detalles incriminatorios antes de hacer un arresto basado en información proporcionada por una extremidad anónima.[59] Sin embargo, otros tribunales interpretar Navarette han sostenido que oyendo consejos anónimos no son suficientes para proporcionar razonable sospecha de actividad criminal continua.[60] Además, las cortes en algunas jurisdicciones han sostenido que en orden para los funcionarios a actuar sobre una pista anónima, la punta debe proporcionar un informe de un curso delito, en lugar de un informe de un evento aislado que ocurrió en el pasado.[61] Algunos tribunales también han rechazado la afirmación de que la disponibilidad de información de llamadas hace llamadas al 911 inherentemente confiable.[62] Sin embargo, algunos tribunales han acordado con la idea de que llamadas al 911 son más confiables porque los llamadores pueden enfrentar persecución penal para hacer informes falsos.[63] Otros tribunales interpretar Navarette han sostenido que el caso estableció que menos fiabilidad se requiere cuando consejos anónimos informe "delincuencia grave [s] o un peligro potencial".[64]

Análisis y comentario

Reacciones inmediatas

Después de la corte su opinión, muchos comentaristas sugirieron que Navarette representa una expansión significativa del poder de la policía para detener a conductores en la carretera. Lyle Denniston, por ejemplo, comentó que opinión de la corte "dio la policía amplias facultades nuevas."[65] En su revisión de casos del término del 2013, el Harvard Law Review sugirió que"Navarette puede Agregar el poder de la policía ya expansiva", y que el caso"anuncia reducción injustificada de las protecciones de enmienda cuarta".[66] Otros comentaristas señaló que el caso "parecía bajar la barra para las evaluaciones de tipsters anónimos."[67] Paul Kleven, abogado de Lorenzo y Jose Prado Navarette, dijo que el fallo "hace más fácil trucos anónimos y sic personas no les gusta, la policía" mientras que un portavoz de la Fiscal General de Californiade la oficina dijo que "[w] e se complace con la sentencia del Tribunal, que apoya la labor de aplicación de la ley".[68]

Análisis

Los eruditos han observado Navarette marcó una salida del anterior precedente en el tema de sugerencias anónimas, y algunos han argumentado que el caso significa una "dilución" del nivel de sospecha razonable de la cuarta enmienda.[69] Un analista sostuvo que esta salida "podría alentar a vigilancia pasiva y descuidados, para oficiales estarán tentados a confiar en consejos anónimos fácilmente adquiridos en lugar de participar en la ardua recopilación de pruebas."[70] Comentaristas han argumentado que aprobación de justicia Kennedy de la fiabilidad de las llamadas al 911 anónimas significó un alejamiento de las decisiones anteriores que analizó la fiabilidad de los consejos en una totalidad del marco de circunstancias.[71] Estos comentaristas sugieren que esta salida "aumenta el riesgo de puntas fabricadas".[71] Algunos analistas han observado también que la opinión de la corte dejó varias preguntas sin responder de los casos antes de anónimo Consejo, incluida la cuestión de si existía una excepción para los delitos de peligro, y que el Tribunal "perdido una oportunidad para dar a los tribunales cierta orientación necesaria".[72] Un comentarista escribió, "[t] él tiempo bomba mencionada en J.L. está todavía en marcha".[73] Otro comentarista argumentó que porque Lorenzo Prado Navarette conducir era "irreprochable" por al menos cinco minutos, "la probabilidad de que Lorenzo Navarette estaba legalmente borracho era seguramente menos que la probabilidad de que el conductor promedio diurno de una camioneta; de hecho, aparentemente fue prácticamente cero".[74]

Véase también

  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos, volumen 572
  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos
  • Listas de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos por volumen
  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos por la corte de Roberts

Notas

  1. ^ En Puertas, la corte abandonó el Prueba de Aguilar-Spinelli para determinar la fiabilidad de los consejos de anónimos, porque la prueba podría no "reconciliarse con el hecho de que muchas órdenes son... expedidos sobre la base juicios sin formación técnica, sentido común de laicos aplicando un estándar menos exigentes que los utilizados en los procedimientos judiciales más formales."[10]
  2. ^ Aunque la llamada 911 al parecer se identificó por su nombre, la persecución no introducir las cintas en las pruebas. En consecuencia, la Fiscalía y tribunales inferiores tratan la llamada al 911 como una extremidad anónima.[21]
  3. ^ En 2009, el Corte Suprema de los Estados Unidos certiorari denegado en un caso similar, Virginia v. Harris, que también preguntó si policía que reciben informes anónimos de conducir ebrio debe observar personalmente una infracción de tránsito antes de realizar una parada de tráfico.[38] Presidente del Tribunal Supremo John Roberts escribió una opinión disidente en la que instó a la corte conceder certiorari para responder a la pregunta de si policía puede actuar sobre una extremidad anónima sin verificar personalmente la actividad criminal continua.[39]
  4. ^ Justicia Thomas observó, aunque en dicta, que "[u] nconfirmed informes de conducir sin cinturón de seguridad o ligeramente sobre el límite de velocidad, por ejemplo, son tan tenue conectados a ebrios que una parada en esos argumentos sólo sería constitucionalmente sospechosa".[47]

Referencias

  1. ^ Prado Navarette v. California, Nº 12-9490, 572 ___ Estados Unidos, resbalón. Opus en 8-11 (2014).
  2. ^ Nina Totenberg, Corte Suprema de justicia le da la policía nuevo poder contar con consejos de anónimos, NPR, 22 de abril de 2014 (caracterización de disidencia de justicia Scalia como "mordaz").
  3. ^ Véase, por ejemplo, Christopher D. Sommers, Presunto borracho hasta que se demuestre sobrios: Los peligros y consecuencias de anónimos consejos siguientes Navarette v. California, 60 Dakota del sur L. Rev. 327, 352 (2015).
  4. ^ Andrew B. Kartchner, De J.L. Bomba de tiempo que todavía hace tictac: Cómo De Navarette Celebración estrecha no cuestiones importantes con respecto a los consejos de anónimos, 44 U. Balt. L. Rev. 1, 19 – 20 (2014).
  5. ^ Joshua C. Teitelbaum, Razonamiento probabilístico en Navarette v. California, 62 UCLA L. Reverendo disco. 158, 167 (2014) (alegando que probablemente existía una posibilidad de 1/100 Lorenzo y Jose Prado Navarette fueron conducir borracho).
  6. ^ Berkemer v. McCarty, 468 U.S. 420, 439 (1984); Delaware v. Prouse, 440 U.S. 648, 653 (1979); Pennsylvania v. Mimms, 434 U.S. 106, 109 (1977); véase también Terry v. Ohio, 392 U.S. 1, 30 (1968) (define normas para investigación paradas).
  7. ^ Terry, 392 U.S. en 27; Estados Unidos v. Sokolow, 490 U.S. 1, 7 (1989).
  8. ^ Alabama v. White, 496 U.S. 325, 330 (1990); United States v. Cortez, 449 U.S. 411, 417 (1981).
  9. ^ Illinois v. Gates, 462 U.S. 213, 230 (1983).
  10. ^ Puertas, 462 EE 235 – 36; véase también Aguilar v. Texas, 378 U.S. 108 (1964); Spinelli v. Estados Unidos, 393 U.S. 410 (1969).
  11. ^ Puertas, 462 U.S. en 245.
  12. ^ Alabama v. White, 496 U.S. 325, 331-32 (1990).
  13. ^ Blanco, 496 U.S. en 332.
  14. ^ Blanco, 496 U.S. en 331.
  15. ^ Florida v. J.L., 529 U.S. 271 266, 268, 271 (2000).
  16. ^ Florida v. J.L., 529 U.S. en 271.
  17. ^ Florida v. J.L., 529 U.S. 273-74 años ("no decimos, por ejemplo, que un informe de una persona llevando una bomba necesita tener indicios de confiabilidad que demanda de un informe de una persona con un arma de fuego antes de que la policía constitucional puede realizar un cacheo").
  18. ^ Pueblo v. pozos, 38 cal. 4 1078, 1088 (2006).
  19. ^ Pozos de, 8 cal. 4 º 1080 – 81, 1088.
  20. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) a los 10 – 14.
  21. ^ Navarette, deslice op. en 1 2.
  22. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) a los 14 – 15.
  23. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) a 15.
  24. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) en 30 – 31.
  25. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) a 32-35.
  26. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) a 34.
  27. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) en 35-36; Navarette, deslice op. en 2.
  28. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) en 2, 11.
  29. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) en 2; Navarette, deslice op. en 2.
  30. ^ Apéndice conjunta, Prado Navarette v. California, 134 S. CT. 1683 (Estados Unidos 2014) en el 1 – 2; Navarette, deslice op. en 2.
  31. ^ Navarette, deslice op. en 2.
  32. ^ Pueblo v. Navarette, 2012 cal. aprox. no publicados. LEXIS 7415 en * 23, 24, 32 – 33 (cal. CT. aprox., 12 de octubre de 2012).
  33. ^ Pueblo v. Navarette, 2012 cal. aprox. no publicados. LEXIS en * 23 7415 (cal. CT. aprox., 12 de octubre de 2012) (citando Pozos de38 cal. 4 a 1080).
  34. ^ Pueblo v. Navarette, 2012 cal. aprox. no publicados. LEXIS en * 7415 30 – 31 (cal. CT. aprox., 12 de octubre de 2012).
  35. ^ Pueblo v. Navarette, 2012 cal. aprox. no publicados. LEXIS en * 31 7415 (cal. CT. aprox., 12 de octubre de 2012).
  36. ^ Pueblo v. Navarette (Lorenzo Prado), 2013 cal. LEXIS 141 (cal., 03 de enero de 2013).
  37. ^ Navarette v. California, 134 S. CT. 50 (2013).
  38. ^ Virginia v. Harris, 558 U.S. 978, 978 (2009).
  39. ^ Harris, 558 EE 981 (Roberts, C.J., disidente de la denegación del certiorari).
  40. ^ Navarette, deslice op. 5, 11 (teniendo en cuenta que aunque la persona que llama identificado a sí misma, la corte todavía tratará la llamada telefónica como una extremidad anónima).
  41. ^ Navarette, deslice op. en 10-11
  42. ^ Navarette, deslice op. 3 (citando Adams v. Williams, 407 U.S. 143, 147 (1972)) (citas internas y los soportes que se omite).
  43. ^ Navarette, deslice op. 5.
  44. ^ Navarette, deslice op. 6.
  45. ^ Navarette, deslice la op. 7.
  46. ^ Navarette, deslice op. 9 (citando Estados Unidos v. Arvizu, 13° U.S. 266, 277 (2002)).
  47. ^ a b c Navarette, deslice op. 9.
  48. ^ Navarette, deslice op. 10.
  49. ^ a b c Navarette, deslice op. 10 (Scalia, J., disidente).
  50. ^ Navarette, deslice op. en 1 (Scalia, J., disidente).
  51. ^ Navarette, deslice op. 2 (Scalia, J., disidente) (citaciones internas y citas omitidas).
  52. ^ Navarette, deslice op. en 5 – 6 (Scalia, J., disidente).
  53. ^ a b Navarette, deslice op. 3 (Scalia, J., disidente).
  54. ^ Navarette, deslice op. 3-4 (Scalia, J., disidente).
  55. ^ Navarette, deslice op. en 6-7 (Scalia, J., disidente).
  56. ^ Navarette, deslice la op. 7 (Scalia, J., disidente).
  57. ^ Navarette, deslice op. en 8 – 10 (Scalia, J., disidente)
  58. ^ Navarette, deslice op. en 10 – 11 (Scalia, J., disidente).
  59. ^ Véase, por ejemplo, Estados Unidos v. Aviles Vega, F.3d 783 69 (1st CIR. 2015); Estados Unidos v. Edwards, F.3d 761 977 (9no círculo. 2014); Gente v. marrón, 61 cal. 968 4 (2015).
  60. ^ Evans v. estado, 2015 Arkansas 50, 7, S.W.3d 454 744 748 (Arkansas 2015).
  61. ^ Estado v. Rodríguez, 288 Nebraska 878, 891 (2014) ("el hecho de que el crimen divulgado era visto como constante es fundamental para el resultado en Navarette").
  62. ^ Matthews v. estado, 431 596 S.W.3d, 604 (Tex. crim aproximadamente 2014) (observando en dicta que acceso a la información de la persona no "necesariamente aumentar la probabilidad de que una punta es fiable").
  63. ^ Dale v. Ciccone, 233 w. Virginia 652, 661 (2014).
  64. ^ Estado v. Z.U.E., 183 Wn.2d 610, 623 (2015) ("cuando una punta consiste en un delito grave o peligro potencial, menos fiabilidad puede ser requerido para una parada que se requiere en otras circunstancias").
  65. ^ Lyle Denniston, Análisis de opinión: nuevo gran papel anónimo trucos, SCOTUSblog (22 de abril de 2014, 21:10).
  66. ^ La Suprema Corte 2013 plazo: Líder caso: derecho constitucional: cuarta enmienda, búsqueda y captura — consejos anónimos y sospechas de conducir ebrio, Navarette v. California, 128 Harv. L. Rev. 231, 240 (2014).
  67. ^ Ariel C. Werner, ¿Qué es un nombre? Desafiando la doctrina ciudadano informante, 89 N.Y.U.L. Rev. 2336, 2340 n.15 (2014).
  68. ^ Bob Egelko, Tribunal Supremo reglas Consejo anónimo es lo suficiente para detener el controlador, San Francisco Chronicle, 23 de abril de 2014.
  69. ^ Christopher D. Sommers, Presunto borracho hasta que se demuestre sobrios: Los peligros y consecuencias de anónimos consejos siguientes Navarette v. California, 60 Dakota del sur L. Rev. 327, 352 (2015) (discutir salida de precedente anterior); George M. Dery III & Kevin Meehan, El diablo está en los detalles: la Corte Suprema erosiona la cuarta enmienda en la aplicación de una sospecha razonable de Navarette v. California, 21 Washington & Lee J. Civil Rts y Sócrates sólo. 275, 277 (2015) (hablar de "dilución" de la norma de sospecha razonable).
  70. ^ George M. Dery III & Kevin Meehan, El diablo está en los detalles: la Corte Suprema erosiona la cuarta enmienda en la aplicación de una sospecha razonable de Navarette v. California, 21 Washington & Lee J. Civil Rts y Sócrates sólo. 275, 277 (2015).
  71. ^ a b Christopher D. Sommers, Presunto borracho hasta que se demuestre sobrios: Los peligros y consecuencias de anónimos consejos siguientes Navarette v. California, 60 Dakota del sur L. Rev. 327, 352 (2015).
  72. ^ Andrew B. Kartchner, De J.L. Bomba de tiempo que todavía hace tictac: Cómo De Navarette Celebración estrecha no cuestiones importantes con respecto a los consejos de anónimos, 44 U. Balt. L. Rev. 1, 19 – 20 (2014) (tomando nota de la corte "no tienen que (1) informes de crímenes abiertamente observables están más confiable que puntas de crímenes ocultos y (2) policía necesitan un menor quantum de la suspicacia para justificar paradas cuando actúa conforme a sugerencias de actividades peligrosas como conducir borracho"); La Suprema Corte 2013 plazo: Líder caso: derecho constitucional: cuarta enmienda, búsqueda y captura — consejos anónimos y sospechas de conducir ebrio, Navarette v. California, 128 Harv. L. Rev. 231, 240 (2014) ("lo importante, la corte no ha todavía permitido el umbral para la confiabilidad de un truco de ro-memorandos de entendimiento para variar basado sobre la gravedad del daño.").
  73. ^ Andrew B. Kartchner, De J.L. Bomba de tiempo que todavía hace tictac: Cómo De Navarette Celebración estrecha no cuestiones importantes con respecto a los consejos de anónimos, 44 U. Balt. L. Rev. 1, 20 (2014).
  74. ^ Joshua C. Teitelbaum, Razonamiento probabilístico en Navarette v. California, 62 UCLA L. Reverendo disco. 158, 167 (2014).

Acoplamientos externos

  • Opinión de slip de Corte Suprema de justicia, Prado Navarette v. California
  • Texto de la Prado Navarette v. California, ___ Estados Unidos 572 (2014), está disponible en:  FindLaw  Justia 

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